Ayudas individualizadas de transporte, curso 2021-2022

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  • Objeto: Solicitar ayudas para el transporte escolar para alumnos/as de enseñanzas obligatorias, que  por diversas circunstancias no puede hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Administración educativa, y cuyos domicilios distan más de 3 km del centro escolar.
  • Plazo: del 1 al 26 de abril de 2023.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes serán cumplimentadas a través de la sede electrónica, mediante un formulario accesible por Internet en la dirección https://sede.carm.es, código de procedimiento 1860.

Los formularios podrán cumplimentarse autenticándose mediante certificado electrónico, DNIe o CL@vePin; y, sin autenticación (formulario sin acreditación) que se cumplimentará telemáticamente y podrá descargarse en documento PDF a fin de ser impreso.

En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma (certificado electrónico, DNIe o Cl@vePin) aceptado por la sede electrónica u opte por el formulario sin acreditación, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimirla y firmarla, acompañando los documentos obligatorios que sean requeridos. El lugar de presentación preferente de las solicitudes será la secretaría del centro docente donde el alumno estuviese matriculado en el curso 2021-2022.

De manera excepcional, podrán entregar la solicitud otras personas debidamente autorizadas por los solicitantes: Modelo de autorización.

Los interesados deberán adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:

  • Documento facilitado por la entidad bancaria en el que conste el código IBAN de la cuenta bancaria o cartilla en el que se abonará el importe de la ayuda, del que deberá ser titular o cotitular el padre, madre o tutor del alumno (el que formula la solicitud). Anexo II: modelo de certificación bancaria.
  • En el caso de que el solicitante se considere acreedor de una ayuda superior a la establecida con carácter general de acuerdo con lo previsto en el apartado tercero de esta orden, se deberá aportar la documentación justificativa que sea procedente en cada caso.